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La Pena de Muerte Es Inadmisible

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En un hecho realmente histórico el papa Francisco dispuso introducir una modificación en el Catecismo de la Iglesia con respecto a la postura sobre la pena de muerte. Es una decisión que se veía venir, en coherencia con los pronunciamientos del Papa en favor de la abolición de la pena de muerte. Difícil será medir los impactos que tendrá esta decisión en el mundo entero, también en el ámbito político, pues son todavía unos 56 países que consideran en su legislación la aplicación de la pena de muerte. Estados Unidos es uno de esos países donde la pena de muerte para delitos federales se extiende a todo el territorio, no obstante que en varios de sus Estados la pena de muerte esté abolida para los delitos estatales. China aparece como el país con el mayor número de ejecuciones en el año 2017; otros países que le siguen son: Arabia Saudí, Irán y Pakistán. No obstante esta realidad, cabe también destacar que muchos países, particularmente en la Unión Europea, son abiertamente contrarios a la pena de muerte. Hay una mayor toma de conciencia, a nivel internacional, del respeto por los derechos humanos fundamentales y una creciente tendencia abolicionista de la pena de muerte. La Iglesia no puede ser ajena a esos “signos de los tiempos”.

Para tratar de entender la magnitud y alcance de esa decisión del Papa, hay que tener en cuenta que, históricamente, si bien la enseñanza de la Iglesia siempre ha destacado la defensa de la vida humana desde su inicio en la concepción hasta su término natural; sin embargo, respecto a la aplicación de la pena de muerte, como castigo aplicado por los Estados para delitos graves, ésta (para casos muy excepcionales) no era considerada por la Iglesia como ilegítima o contraria al Evangelio; en ese sentido, un cristiano podía pronunciarse a favor de la pena de muerte sin entrar en conflicto con el magisterio de la Iglesia. De hecho, en el actual Catecismo de la Iglesia, la pena de muerte no está totalmente excluida, siempre y cuando sea “el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas” (Catecismo de la Iglesia, 2267). Con la decisión del Papa, las cosas cambian radicalmente, es decir: en adelante ningún católico puede defender la pena de muerte, pues estaría en contra del magisterio ordinario de la Iglesia. Para la Iglesia, el tema de la pena de muerte ya no es una cuestión opinable, no es posible tampoco asumir una postura neutral. El Papa ha pedido a la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe que se modifique el texto del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia para expresar con toda claridad, sin ningún tipo de ambigüedades, una postura totalmente en contra de la pena de muerte. En el texto modificado se dirá: “La Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que ‘la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona’, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”. De este modo se excluye toda excepcionalidad y el menor resquicio de interpretación en favor de la pena de muerte. La Iglesia no solo se pronuncia en contra de la pena de muerte, sino que además asume el compromiso para que sea abolida en el mundo entero.

Hay que tener muy presente que estamos ante una modificación en el Catecismo de la Iglesia, lo cual no suele ser habitual. El actual Catecismo de la Iglesia fue aprobado por el papa san Juan Pablo II y ordenada su publicación con la Constitución Apostólica “Fidei Depositum” (el 11 de octubre del año 1992). Tal como se dice en la precitada Constitución Apostólica, la elaboración del actual Catecismo se hizo en respuesta a un pedido de los obispos en la Asamblea Extraordinaria del Sínodo de los Obispos del año 1985. Los padres sinodales querían un Catecismo como compendio de “toda la doctrina católica, tanto sobre la fe como sobre la moral” (Fidei Depositum, 1). El Papa acogió el pedido y se designó a una Comisión compuesta por doce cardenales y obispos, dicho comisión estuvo presidida por el entonces cardenal Joseph Ratzinger; se redactaron varias versiones, “el proyecto fue objeto de una amplia consulta a todos los obispos católicos, a sus Conferencias Episcopales o Sínodos, a institutos de teología y de catequesis” (Fidei Depositum, 2). El Catecismo de la Iglesia es “fruto de la cooperación de todo el episcopado de la Iglesia Católica” (Fidei Depositum, 2).

¿Cuál es el valor doctrinal que tiene el Catecismo de la Iglesia? Según la Constitución Apostólica Fidei Depositum, el Catecismo “es la exposición de la fe de la Iglesia y de la doctrina católica, atestiguadas e iluminadas por la Sagrada Escritura, la Tradición apostólica y el Magisterio de la Iglesia” (Fidei Depositum, 4). El Papa san Juan Pablo II declaró al Catecismo como “regla segura para la enseñanza de la fe y como instrumento válido y legítimo al servicio de la comunión eclesial” (Fidei Depositum, 4).

Con la Carta Apostólica “Laetamur Magnopere” (15 de agosto de 1997), el papa san Juan Pablo II aprobó la versión típica latina del Catecismo de la Iglesia Católica. Esta versión acogió numerables propuestas de mejora del Catecismo aprobado el año 1992. La versión latina es un punto de llegada de un trabajo que comenzó desde el año 1986. El Papa señaló en dicha Carta Apostólica que “la Iglesia dispone ahora de una nueva exposición autorizada de la única y perenne fe apostólica.” Lo expuesto hasta aquí nos permite entender la naturaleza e importancia que tiene el Catecismo de la Iglesia Católica como “regla segura para la enseñanza de la fe” y como “instrumento válido y legítimo al servicio de la comunión eclesial”. Desde esta perspectiva podemos entender mejor la magnitud que tiene cualquier modificación que se introduzca en el Catecismo de la Iglesia.

Hay quienes se preguntarán ¿Cómo lo que es considerado como “regla segura para la enseñanza de fe” puede modificarse? Para aclarar este punto es necesario remitirnos a la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe: “Carta a los Obispos acerca de la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte” (1 de agosto de 2018), firmada por el cardenal Luis. F. Ladaria (prefecto de dicha congregación), y aprobada por el papa Francisco. Allí se hace una exposición de motivos que explican el porqué de la modificación propuesta. No se trata de un cambio en la doctrina, como si lo que fue verdad antes ahora ya no lo sea; se trata de una desarrollo de la doctrina en base a una mayor toma de conciencia sobre un tema tan fundamental como es el respeto por la vida. Dicha toma de conciencia es iluminada por el propio Evangelio; “la nueva formulación del n. 2267 del Catecismo expresa un auténtico desarrollo de la doctrina que no está en contradicción con las enseñanzas anteriores del Magisterio” (Carta a los Obispos, 8). En teología se habla de una “evolución del dogma” no en el sentido de que los dogmas de fe se puedan cambiar, sino profundizarse su comprensión.